Expectativa de destino
Normativa de aplicación
La situación de expectativa de destino se encuentra regulada en:
- El artículo 29.5 de la Ley 30/1984 de medidas para la reforma de la función pública
- El artículo 12 del Real Decreto 365/1995 de situaciones administrativas
Supuestos y requisitos
Serán declarados en expectativa de destino los funcionarios de carrera afectados por un procedimiento de reasignación de efectivos que no hayan obtenido puesto de trabajo en las dos primeras fases.
Los funcionarios en expectativa de destino se adscribirán al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de relaciones específicas de puestos en reasignación, pudiendo ser reasignados por éste.
Características de la situación
- Los funcionarios permanecerán en esta situación un período máximo de un año, transcurrido el cual pasarán a la situación de excedencia forzosa
- Los funcionarios en situación de expectativa de destino estarán obligados a aceptar los puestos de características similares a los que desempeñaban que se les ofrezcan en la provincia donde estaban destinados; a participar en los concursos para la provisión de puestos de trabajo adecuados a su Cuerpo, Escala o Categoría que les sean notificados, situados en dichas provincias de destino, así como a participar en los cursos de capacitación a los que se les convoque, promovidos o realizados por el Instituto Nacional de Administración Pública y los Centros de formación reconocidos.
- A efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior, se entenderán como puestos de similares características aquellos que guarden similitud en su forma de provisión y retribuciones respecto al que se venía desempeñando.
- El incumplimiento de estas obligaciones determinará el pase a la situación de excedencia forzosa.
- Los funcionarios en expectativa de destino percibirán las retribuciones básicas, el complemento de destino y el 50% del complemento específico del puesto que desempeñaban.
Órgano competente para su declaración
El órgano competente para declarar la situación de expectativa de destino es la Secretaria de Estado de Función Pública