La Comisión Negociadora del V Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado es el órgano encargado de la negociación en el marco del Convenio Único, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.
Comisión Negociadora
La Comisión Negociadora está compuesta por 30 miembros con voz y voto, 15 representando a la Administración y 15 al personal laboral. Los representantes del personal laboral son designados por las organizaciones sindicales firmantes en función de la representación obtenida en las elecciones sindicales. La composición de la parte social es como sigue:
Composición parte social de la Comisión Negociadora V Convenio Único
Sindicato | Composición |
---|---|
UGT |
4 |
CSIF
|
4 |
CCOO |
4 |
CIG |
1 |
ELA |
1 |
LAB |
1 |
-
Sindicato
UGT
-
Composición
4
-
-
Sindicato
CSIF
-
Composición
4
-
-
Sindicato
CCOO
-
Composición
4
-
-
Sindicato
CIG
-
Composición
1
-
-
Sindicato
ELA
-
Composición
1
-
-
Sindicato
LAB
-
Composición
1
-
Los acuerdos de la Comisión Negociadora deben ser adoptados por más del 50% de cada una de las dos representaciones. Estos acuerdos son vinculantes, se inscriben en el Registro Central de Convenios y se publican en el Boletín Oficial del Estado.
Las funciones principales de la Comisión Negociadora incluyen:
1. Negociar modificaciones al convenio.
2. Aprobar acuerdos relacionados con el convenio.