Gestión del reingreso al servicio activo de los funcionarios de carrera
PLAZOS DE SOLICITUD DE REINGRESO AL SERVICIO ACTIVO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Suspensión de funciones de duración superior a seis meses
Con un mes de antelación a la finalización del período de duración de la suspensión. De no solicitarse el reingreso en dicho plazo, se declarará al funcionario en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, cuando se produce cese* en otra relación de servicios
Un mes, contado a partir del día de cese* en la relación de servicios que dio origen a la situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.De no solicitar el reingreso en el plazo indicado, se declarará al funcionario en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
*El cese en la relación de servicios debe implicar la finalización total de la misma, sin que quepa la posibilidad de reanudarla con posterioridad.
Servicios especiales (solo si se pasó desde una situación sin reserva de plaza o destino será competencia de la Dirección General de la Función Pública)
Un mes, contado a partir del día en que perdió la condición que dio lugar al pase a servicios especiales.. De no solicitar el reingreso en el plazo indicado, se le declarará en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
Resto de situaciones administrativas
No se establece plazo de solicitud.