Este caso no implica que el operador beneficiario tenga que realizar ninguna actividad adicional en concreto sino que, cuando la Comisión Europea, la Autoridad de Auditoría, el Tribunal de Cuentas Europeo o cualquier otro órgano de control de fondos europeos, requiera, para verificar la gestión de las ayudas de documentación o necesite visitar las dependencias del operador beneficiario, éste tiene que colaborar en este proceso y prestar toda la ayuda necesaria para que se puedan realizar dichas comprobaciones y poner a su disposición los datos que se les soliciten.
Así mismo, habrá de colaborar, dentro de su ámbito de gestión, en las actividades de seguimiento de las actuaciones, incluidas las de evaluación que podrán ser entrevistas, encuestas o cualquier otro instrumento de evaluación.