Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido. Asimismo, se considera gasto realizado el que ha sido devengado dentro del período de ejecución del proyecto y efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. En detalle serán subvencionables los siguientes costes:
- Gastos de personal, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- El coste de adquisición de equipos, instalaciones e infraestructuras que sea considerado un gasto de capital por la entidad beneficiaria será subvencionable en su totalidad.
- Costes de subcontratación.
- Otros gastos de explotación adicionales, incluidos los gastos de viaje, costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
- Los costes indirectos subvencionables serán del 25 por ciento del total de los costes directos subvencionables, excluidos los costes directos subvencionables de subcontratación, el apoyo financiero a terceros y todo coste unitario o cantidad fija única que incluya costes indirectos.