Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo de ejecución que quedará establecido en la resolución de concesión. Asimismo, se considera gasto realizado el que ha sido devengado dentro del período de ejecución del proyecto y efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. En detalle, serán subvencionables los siguientes costes:
- Gastos de personal, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- El coste de adquisición de equipos, instalaciones e infraestructuras que sea considerado un gasto de capital por la entidad beneficiaria será subvencionable en su totalidad.
- Costes de subcontratación.
- Otros gastos de explotación adicionales, incluidos los gastos de viaje, costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
- Los costes indirectos subvencionables serán del 25 por ciento del total de los costes directos subvencionables, excluidos los costes directos subvencionables de subcontratación, el apoyo financiero a terceros y todo coste unitario o cantidad fija única que incluya costes indirectos.