La financiación de las subvenciones reguladas se realizará con cargo al crédito que al efecto se habilite en el capítulo 7, del Programa 46OH, del presupuesto del Servicio 50 de la sección 33 del presupuesto de gastos del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública correspondiente a los Presupuestos Generales del Estado para 2026, se trata de presupuestos prorrogados.
La cuantía máxima destinada a financiar estas subvenciones será de 12.352.969,15 € euros.
La intensidad de ayuda máxima acumulada depende del tamaño de empresa establecido en el artículo 2 del anexo I del Reglamento General de Exención por Categorías y no podrá superar el 70% de los costes subvencionables, de conformidad con las reglas de acumulación establecidas en el artículo 8 del citado Reglamento. Es decir, la cuantía total de subvención posible teniendo en cuenta los fondos de la Chips JU y los fondos del presente real decreto no podrá superar el 70% de los costes subvencionables del proyecto. Para establecer este valor de intensidad de ayuda se tienen en cuenta los límites previstos en el citado artículo 25 quater y la intensidad máxima contemplada en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de abril de 2021 por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», y en el propio programa de trabajo de la Chips JU.