La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, contempla entre sus principios el promover el despliegue de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas. Es por ello que en algunas de sus disposiciones se ha previsto una reducción de cargas administrativas al despliegue de redes de comunicaciones electrónicas. Esta reducción de cargas administrativas se ha traducido principalmente en una posible sustitución de la solicitud de licencia municipal por la presentación de una declaración responsable, debiendo, en cualquier caso, satisfacer el tributo correspondiente.
El artículo 49 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, establece distintos regímenes de autorización por parte de las Administraciones Públicas competentes.
En el siguiente enlace se puede descargar una NOTA informativa que describe el régimen actualmente vigente de intervención administrativa sobre despliegues de redes de públicas de comunicaciones electrónicas en dominio público y privado: NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN DE INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA SOBRE DESPLIEGUES DE REDES EN DOMINIO PÚBLICO Y PRIVADO
En el siguiente enlace se puede descargar una NOTA informativa sobre el régimen aplicable a la instalación de infraestructuras pasivas de telecomunicaciones: NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DE LAS INFRAESTRUCTURAS PASIVAS DE TELECOMUNICACIONES