Consulta pública sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las condiciones para unos entornos digitales en internet fiables y responsables para los menores (“EU KIDS ACT”)
Fecha de publicación: 20/10/2026
Plazo: desde el 21 de Octubre de 2026 hasta el 4 de Noviembre de 2026 a las 23:59
Contexto
Solo la mitad de los menores de entre 9 y 16 años de toda Europa afirman sentirse seguros en línea. Los riesgos a los que se enfrentan los menores en línea son reales, urgentes y afectan a su salud, desarrollo y bienestar, dando lugar a, por ejemplo, una menor actividad física, un mayor riesgo de miopía, menos horas de sueño, síntomas depresivos y ansiosos, una menor autoestima, efectos negativos en el aprendizaje y el desarrollo cognitivo, trastornos alimentarios, una disminución de la empatía, soledad y comportamientos adictivos. En el entorno en línea, los menores también se enfrentan a riesgos de ciberacoso, abuso sexual y captación de menores.
La propuesta de Reglamento conocido como “EU KIDS Act”, adoptado por la Comisión Europea el 17 de septiembre de 2026, da respuesta al mandato anunciado por la presidenta Von der Leyen en su discurso sobre el estado de la Unión de 2025, que encomendó a un Panel Especial de expertos en seguridad infantil en línea la elaboración de recomendaciones, presentadas por sus copresidentes en julio de 2026 y estructuradas en torno a seis principios: enfoque evolutivo según la edad, igualdad y diversidad, responsabilidad de los servicios digitales y derechos de los consumidores, empoderamiento y educación mediática, y derechos y participación de la infancia.
La propuesta responde asimismo a la Declaración de Jutlandia, firmada en octubre de 2025 por veinticinco Estados miembros, que pedía la verificación de la edad y un entorno en línea más seguro para los menores.
El Consejo Europeo, en sus Conclusiones de marzo de 2026 y octubre de 2025, también destacó la importancia de proteger a los menores en línea, en particular mediante una mayoría de edad digital.
El Parlamento Europeo, en su informe de noviembre de 2025 sobre la protección de los menores en línea, pidió un límite europeo armonizado de edad digital de 16 años para el acceso a los medios sociales, las plataformas de intercambio de vídeos y los compañeros de IA, a menos que sus progenitores o tutores lo autoricen. También pidió un límite europeo armonizado de edad digital de 13 años, según el cual ningún menor de menos de esa edad pueda acceder a las plataformas de medios sociales. El Parlamento Europeo reconoció asimismo la necesidad de legislación adicional sobre el diseño adaptado a la edad de los menores y sobre la seguridad desde la etapa del diseño. Además, pidió un enfoque europeo en relación con la garantía de la edad que asegure la seguridad jurídica.
En toda la Unión Europea, los Estados miembros están debatiendo o proponiendo legislación nacional para mejorar la seguridad de los menores en línea. Italia, Francia, Noruega, Grecia, Austria, Polonia y Bélgica notificaron en 2025 y 2026 sus proyectos de legislación por la que se limita el acceso a determinados servicios digitales para menores de una determinada edad. En casi todos los demás Estados miembros, hay consultas en curso o proyectos que ya se están debatiendo en los Parlamentos nacionales o han sido anunciados por los Gobiernos.
En definitiva, la propuesta de la Comisión responde a que:
- El entorno en línea actual no se ha diseñado teniendo en cuenta a los menores, que se enfrentan a riesgos significativos. Si bien ya existe legislación para crear un entorno en línea más seguro, ninguna norma por sí sola toma como punto de partida ni a los menores ni su seguridad y capacitación.
- Los proyectos legislativos nacionales propuestos para proteger a los menores de edad en el entorno digital difieren en cuanto al ámbito de aplicación, los límites de edad y los tipos de restricciones impuestas, con el riesgo de fragmentar el mercado único, reducir la seguridad jurídica y aumentar los costes de cumplimiento, proporcionando al mismo tiempo un nivel de protección a los menores desigual en toda la Unión Europea.
Objetivos y contenido de la norma
Sobre la base de los principios clave establecidos en el Reglamento (UE) 2022/2065 y en el Reglamento (UE) 2024/1689, la propuesta tiene por objeto proteger a los menores de los servicios digitales y los sistemas de IA de riesgo, defender el mercado único digital y mantener un marco regulador y una estructura de control del cumplimiento coherentes para la protección de los menores en línea.
- La propuesta de Reglamento prohíbe la creación de cuentas autónomas en servicios de redes sociales en línea y plataformas de intercambio de vídeo a los menores de menos de 15 años. Esto se combina con normas que reconocen el papel de los progenitores y tutores legales a la hora de apoyar el desarrollo seguro de los menores en línea, mediante la creación de cuentas con funcionalidades limitadas para los menores entre los 13 y los 15 años. Excepcionalmente, los proveedores de servicios de intercambio de vídeos que acrediten ser un servicio adecuado a la edad podrán permitir el acceso, mediante cuentas creadas y supervisadas por el propio tutor, a menores de 13 años.
- La propuesta establece requisitos claros de seguridad desde el diseño para los servicios de redes sociales en línea, los servicios de plataformas de intercambio de vídeos, los juegos en línea, los compañeros de IA y los chatbots de propósito general, así como las tiendas de aplicaciones informáticas. Incluyen límites al diseño adictivo, ajustes de los sistemas de recomendación, configuración por defecto de la máxima privacidad o transparencia de las transacciones económicas.
- Para respaldar el aplazamiento del acceso y la aplicación de los requisitos de seguridad desde el diseño, la propuesta establece un marco armonizado para el uso y la implantación de sistemas de garantía de la edad. Al consagrar requisitos para el uso de métodos de garantía de la edad, la propuesta garantiza que el uso de dichos métodos sea proporcionado, eficaz y fiable y respete la privacidad. También establece criterios comunes para la garantía de la edad que garantizan el funcionamiento del mercado único.
- Un control del cumplimiento rápido, eficaz y sólido es fundamental para la protección de los menores en línea y el funcionamiento del mercado único. La propuesta se asienta sobre las estructuras existentes de supervisión y ejecución del Reglamento (UE) 2022/2065 y el Reglamento (UE) 2024/1689 para evitar duplicidades, y prevé además un procedimiento acelerado de control del cumplimiento.
Se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Texto oficial de la propuesta:
Plazo y presentación de aportaciones
Las aportaciones podrán remitirse a la dirección de correo: consultapublica.normasdgosdca@digital.gob.es indicando en el asunto:
"Consulta pública Reglamento EU KIDS. – Aportaciones [nombre o razón social]"
La consulta pública será publicada el 20 de octubre, estando abierta desde el día siguiente a su publicación hasta el 4 de noviembre 2026 a las 23:59. Durante este periodo, todos los interesados pueden presentar sus aportaciones.