El artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno establecen que con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
En aplicación de ambos preceptos legales, se inicia la presente consulta pública previa, a efectos de elaborar un proyecto de norma legal o reglamentaria que actualice determinados aspectos de la normativa española sobre la prestación a terceros de servicios de instalación o mantenimiento de equipos o sistemas de telecomunicación, de forma que cualquier sujeto, persona o interesado pueda emitir sus opiniones o presentar los comentarios y documentos que estime oportuno.
Iniciativa normativa consistente en realizar una adaptación a la Ley General de Telecomunicaciones de la prestación a terceros de servicios de instalación o mantenimiento de equipos o sistemas de telecomunicación. Asimismo, podrían contemplarse algunos ajustes en la normativa para adaptarla a las necesidades actuales de los servicios de instalación.