El artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno establecen que con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
En aplicación de ambos preceptos legales, se inicia la presente consulta pública previa, a efectos de elaborar un Anteproyecto de Ley relativo a la transposición de la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el código europeo de las comunicaciones electrónicas, de forma que cualquier sujeto, persona o interesado pueda emitir sus opiniones o presentar los comentarios y documentos que estime oportuno.
La recientemente aprobada Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, refunde en un único texto las primeras cuatro directivas mencionadas (Directivas acceso, autorización, marco y servicio universal), con la finalidad de simplificar la estructura normativa actual de las comunicaciones electrónicas y reforzar su coherencia y accesibilidad, e introduce importantes y significativas modificaciones y novedades regulatorias en el régimen jurídico de las directivas que refunde.
En consecuencia, para llevar a cabo la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, resulta necesario modificar la vigente Ley General de Telecomunicaciones o aprobar una nueva norma de rango legal en materia de telecomunicaciones.