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Nombramiento de funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos

02/11/2021

En el Boletín Oficial del Estado de hoy 2 de noviembre se ha publicado la Resolución de 25 de octubre de 2021, por la que nombran funcionarios de carrera, por el sistema general de acceso libre y promoción interna,  del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Se trata de un cuerpo de la Administración General del Estado adscrito al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Grupo A1, los cuales se distribuyen fundamentalmente entre los  Ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Los sectores de actividad donde desempeñan sus funciones son básicamente las dependencias de las Direcciones Generales de ambos Ministerios (Carreteras, Sostenibilidad de la Costa y el Mar, Aguas) así como en entes y organismos adscritos, tales como la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria o las Confederaciones Hidrográficas.

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes han de tener el título Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o aquélla que habilite para el ejercicio de la profesión reglada, según disponen las directivas comunitarias.

El proceso selectivo consistirá en  4 ejercicios obligatorios y eliminatorios sobre los cuatro bloques del temario, un primer ejercicio de  100 preguntas test, 25 de cada bloque, un segundo ejercicio de Idioma inglés, un tercer ejercicio consistente en el desarrollo oral de 4 temas entre ocho elegidos al azar y un cuarto ejercicio de casos prácticos: dos relacionados con el bloque 2 y dos relacionados con el bloque 3.

Una vez superado el curso selectivo los aspirantes realizarán un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la determinación de la calificación del proceso selectivo. Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de tres meses, se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y puertos del Estado bajo la supervisión de un tutor designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá encomendar la realización de funciones propias de un puesto de trabajo. La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria.