- Gastos de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto o actuación.
- Subcontrataciones exclusivamente derivadas del proyecto o actuación.
- Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto o actuación.
- Aparatos y equipos dedicados al proyecto o actuación.
- Gastos de promoción y difusión de la actuación.
- Otros gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto o actuación y debidamente justificados.
En el caso de que el importe del gasto subvencionable correspondiente a suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, supere la cuantía de 12.000 €, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía.
Cuando en la realización de un proyecto se subcontrate parte de su ejecución, el coste de la subcontratación no podrá superar el 95% del coste total del proyecto.
Si la subcontratación excede del 20% del importe de la ayuda y dicho importe es superior a 60.000 euros, deberá celebrarse un contrato por escrito entre las partes y presentarse con carácter previo a la resolución de concesión.