Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo de ejecución que quedará establecido en la resolución de concesión. Asimismo, se considera gasto realizado el que ha sido devengado dentro del período de ejecución del proyecto y efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. En detalle, serán subvencionables los siguientes costes:
- Gastos de personal, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- El coste de amortización de equipos.
- Costes de subcontratación.
- Otros gastos de explotación adicionales, incluidos los gastos de viaje, costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto. En este apartado se incluirán los gastos asociados al informe de auditoría.
- Gastos indirectos.