La justificación de las ayudas se realizará por el beneficiario de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases reguladoras de las ayudas.
La modalidad de justificación es la de cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto y de pago, junto con el informe de auditor.
La cuenta justificativa contendrá una memoria de actuación técnica, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la resolución de concesión de la subvención, y una memoria económica, justificativa del coste de las actividades realizadas.
En la resolución de la convocatoria se incluye instrucciones respecto al contenido de la misma.
El Informe de auditoría se ajustará a lo dispuesto en la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal, previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Salvo que el órgano encargado del seguimiento de las ayudas haya proporcionado un modelo de ficha personalizado, podrán utilizarse los modelos generales que se detallan a continuación.
La plantilla de la ficha de gastos que se debe cumplimentar como parte de la memoria económica se encuentran en el documento “Ficha de gastos UNICO_CANALINK” accesible desde esta misma página.
Los archivos que forman parte de la cuenta justificativa se presentarán adecuadamente nombrados según las indicaciones recogidas en el documento “Listado_Archivos_CABLELINK” accesible desde esta misma página. En la medida de lo posible, se intentará que las facturas y sus respectivos justificantes de pago estén incluidos en el mismo archivo (en ese caso el archivo se nombrará según la factura). Exceptuando las facturas y documentos de pago de importe inferior a 3.000 euros.