No es necesario presentar justificación para las convocatorias KDT
El acuerdo internacional administrativo entre la KDT-JU y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital regula el seguimiento técnico y económico en sus artículos 6 y 7.
Según determina el acuerdo, la Empresa Común KDT se encargará del seguimiento técnico y económico del proyecto para la comprobación de los gastos según las normas de Horizon Europe (que son también aplicables a nivel nacional), sin que sea necesario llevar a cabo una auditoría independiente a nivel nacional.
Consecuentemente, la autoridad nacional utilizará los resultados que obtenga la Empresa Común KDT como parte de su propio procedimiento de reintegro, consultándose directamente el resultado de los informes realizados por parte de la Empresa Común KDT, sin que sea necesario presentar a nivel nacional la documentación justificativa técnico-económica en ninguna anualidad.