La situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares da derecho a la reserva del puesto de trabajo durante un máximo de dos años desde el momento en el que se inicia la excedencia.
En lo relativo al plazo de toma de posesión, este con carácter general, comenzará a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación. Sin embargo, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.