El día 26 se publicó la Resolución del Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública pro la que se nombran funcionarios de carrera del cuerpo Superior de Administradores Civiles del estado.
El Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado es un Cuerpo generalista clasificado en el subgrupo A1, por lo que para poder presentarse a las pruebas selectivas de acceso al mismo se exige estar en posesión del título universitario de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
Tiene un carácter pluridisciplinar, integrando a profesionales con diversa formación de base, que ejercen funciones horizontales que pueden ser desarrolladas en distintos departamentos ministeriales. Por este motivo, existen cuatro ramas diferentes para el ingreso en el mismo: la jurídica, la de ciencias sociales, la económica y la técnica.
El Cuerpo está adscrito al Ministerio de Política Territorial y Función Pública y sus funciones, orientadas hacia el desarrollo de tareas directivas, se concretan en la realización de actividades de dirección, gerencia, asesoramiento y estudio en relación con las distintas políticas públicas desarrolladas por la Administración General del Estado. Estas funciones se desempeñan en los diferentes ámbitos de actuación de la actividad pública (presupuestación, contratación, gestión de recursos humanos, formación, etc.)
Su actividad se desarrolla en el nivel directivo y predirectivo en los distintos órganos centrales y territoriales de los Ministerios y de los Organismos Públicos de la Administración General del Estado.
El proceso selectivo consta de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
-Primer ejercicio: Consiste en una parte de desarrollo por escrito de un tema general, entre dos propuestos por el tribunal, de actualidad política, económica y social de España o del ámbito internacional. La segunda parte, consiste en el desarrollo por escrito de un tema general relacionado con la materia específica elegida por el aspirante.
-Segundo ejercicio: Consta de dos pruebas de idiomas.
La primera, de carácter obligatorio, consiste en una traducción directa de un documento redactado en inglés o francés, según la elección del aspirante, y en la elaboración de un resumen que les será leído a los opositores en la lengua elegida. La segunda prueba tiene carácter voluntario y constará de las mismas partes que la de carácter obligatorio.
-Tercer ejercicio: Consiste en exponer oralmente, cuatro temas del programa tres del grupo de materias comunes y uno del grupo de materias específicas del programa.
-Cuarto ejercicio, de carácter práctico que consistirá en el análisis de un supuesto o la preparación de un informe sobre un tema relacionado con las materias especificas
Al finalizar la fase de oposición, los aspirantes deberán superar un curso selectivo organizado por el INAP con la finalidad de procurar la adquisición de conocimientos, actitudes y habilidades para el ejercicio de sus funciones en la Administración.