El derecho de huelga es un derecho fundamental (art. 28.2 CE) que tienen los trabajadores y trabajadoras para suspender de forma temporal su actividad laboral como medida de protesta o reivindicación de sus derechos laborales.
Durante el periodo de huelga, el personal público no está obligado a cumplir con sus tareas laborales, pero tampoco pueden ser despedidos ni sancionados por ejercer su derecho de huelga.
La Dirección General de la Función Pública realiza un seguimiento de las huelgas cuyo ámbito de proyección es estatal.
Seguimiento Huelgas de personal AGE
Noticias
Convocatoria de huelga de la organización sindical UGT SERVICIOS PÚBLICOS para los días 25 de marzo, 29 de abril, 20 de mayo, 17 de junio y 22 de julio de 2024, durante las 24 horas de dichos días, afectando a todos los trabajadores y trabajadoras Médicos Inspectores de la Administración de la Seguridad Social, en todo el territorio nacional.
Seguimiento huelgas
Información Adicional
Para más información puedes consultar la siguiente normativa de aplicación: