La figura de funcionario en prácticas no puede asimilarse a la de funcionario de carrera, ya que su nombramiento como tal, y, por tanto, la plena aplicación de los derechos y deberes contenidos en el TRLEBEP están condicionados a la superación de un curso selectivo o un período de prácticas.
No obstante, el centro directivo competente, deberá de ponderar las circunstancias en cada caso para determinar la compatibilidad entre el período de prácticas y el permiso solicitado.