· Se regula, por primera vez en la Administración del Estado, un régimen de infracciones y sancionador por incumplimiento de las disposiciones en materia de transparencia
· Se crean nuevos mecanismos de participación ciudadana como las auditorías ciudadanas
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Administración Abierta que aumentará los requisitos de transparencia y obligará a publicar las agendas institucionales y viajes de los altos cargos y máximos responsables públicos.
Con este anteproyecto, el Gobierno consolida los avances ya registrados en el camino hacia una democracia de mayor calidad y responde a las nuevas demandas sociales de mayor transparencia en el funcionamiento y actividad de las instituciones públicas; de prevención y lucha contra la corrupción, garantía de la integridad pública, fomento de la participación ciudadana y rendición de cuentas.
“España es una de las democracias más avanzadas del mundo, lo dicen los rankings internacionales de democracia, pero somos ambiciosos y queremos más. Por eso, y especialmente porque la democracia española, como el resto de democracias más avanzadas del mundo, vive la amenaza de un caballo de Troya ultraderechista, la mejor receta que hay es más democracia, más transparencia y más ejemplaridad, desde luego en la Administración General del Estado.”, ha defendido el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López.
El texto presenta destacadas novedades en tres bloques: Transparencia, participación y conflicto de intereses.
Respecto al primero, se amplían las obligaciones de publicidad activa en cuanto a las agendas institucionales y viajes oficiales de los responsables de las administraciones y su sector público institucional, hasta llegar al nivel de subdirectores generales. Asimismo, se informará del número y condiciones retributivas del personal eventual; y de los salarios de los máximos responsables de gabinetes y personal directivo.
Por primera vez en el ámbito de la Administración General del Estado, se regula un régimen de infracciones y sancionador al personal alto cargo vinculado al incumplimiento de las disposiciones en materia de transparencia, tal y como recoge el IV Plan de Gobierno Abierto y teniendo en cuenta las demandas de la sociedad civil.
A este respecto se refuerza al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno dotándole de la potestad de imponer multas coercitivas de 600 a 1.000 euros.
Fomento de la participación ciudadana
La Ley incide en el fomento de la participación ciudadana a través de instrumentos novedosos como las auditorías ciudadanas y los pactos de integridad.
Respecto a las primeras, permitirían a los ciudadanos participar junto a la Intervención General del Estado y liderados por ella en auditorías sobre actuaciones, políticas o entidades del sector público estatal.
En cuanto a los pactos de integridad, los órganos de contratación del sector público podrán obligar a los licitadores a incluir junto con sus ofertas y como condición para su admisión a la licitación el compromiso de suscribir un pacto de integridad para prevenir y luchar contra la corrupción, así como el compromiso de someterse a una monitorización de todas las fases del procedimiento por las auditorías ciudadanas.
Novedades en integridad y conflicto de intereses
Se introduce por primera vez una definición general de ‘conflicto de intereses’ aplicable a todo el personal público de todas las administraciones (actualmente solo existen definiciones en alguna normativa sectorial, como la ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración del Estado o en la Ley de Contratos del Sector Público). Este avance se materializará mediante un registro de abstenciones de todo el personal y de todas las administraciones.
Otra novedad de este bloque es la aplicación de un régimen de detección y prevención de conflictos de intereses al personal eventual que presta funciones de confianza o asesoramiento especial, siguiendo las recomendaciones formuladas a nuestro país por organismos comunitarios e internacionales, especialmente la OCDE o el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO).
De acuerdo con dicho régimen, se exige la idoneidad del personal eventual para el desempeño del puesto público, así como la obligación de publicar su currículum en el Portal de Transparencia de la Administración del Estado. Dicho personal tendrá también que presentar las declaraciones de actividades y de bienes y derechos patrimoniales, tanto en su toma de posesión como al cese.
Este anteproyecto prevé la impartición de formación obligatoria en materia de integridad pública para el personal alto cargo, eventual y personal empleado público.
Este bloque se completa con la incorporación de un régimen sancionador, ya aplicable para el personal alto cargo, para el personal eventual con funciones de confianza y asesoramiento especial.
En línea con las recomendaciones internacionales
Este anteproyecto de ley sigue las recomendaciones contenidas en los informes de la Comisión Europea sobre el Mecanismo de Estado de Derecho; de la OCDE sobre gobierno abierto e integridad pública y las contenidas en las rondas de evaluación del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO).
Además, supone un hito más en la senda marcada por el Gobierno de España con la publicación del Plan de Acción por la Democracia, el Plan estatal de lucha contra la corrupción, la estrategia ‘Consenso por una Administración Abierta’ y la ratificación del convenio de Tromsø.
El anteproyecto proseguirá ahora su tramitación con los informes preceptivos de los órganos consultivos antes de volver al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva como proyecto de ley y remisión a las Cortes.